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Renta 2023: deducción para coches eléctricos

Actualizado: 15 abr

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¿HAY VENTAJAS FISCALES AL COMPRAR UN COCHE ELÉCTRICO?


La respuesta es sí. La bonificación del 15% en la declaración de la renta por la compra de coches híbridos o 100% eléctricos se aprobó mediante el Real Decreto-ley 5/2023. Este subsidio estatal puede solicitarse en caso de haber comprado y pagado el vehículo entre el 28 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. En este caso, la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que el vehículo sea matriculado.


Además, se pueden solicitar las ayudas del Plan MOVES que aportan hasta 7.000 euros para la compra de coches híbridos y 100% eléctricos. El plazo para solicitar este programa de ayudas destinado a impulsar la movilidad sostenible finaliza el 31 de julio de 2024.


Bonificacion renta para coches electricos

¿SE APLICAN AYUDAS EN CASO DE FINANCIAR EL COCHE?


La respuesta es sí. En caso de financiar el coche, se requiere haber pagado el 25% del valor de adquisición antes del 31 de diciembre de 2024. En ese caso, la deducción del 15% se practicará en el periodo impositivo que se haya pagado dicho importe, con la condición de finalizar el pago y por tanto la adquisición del vehículo antes del 31 de diciembre de 2025. A nivel práctico, se entiende que la entidad financiera ha abonado el importe íntegro al concesionario en el momento de la matriculación y por tanto el coche se considera comprado, aunque mientras que no se resuelva el préstamo exista una reserva de dominio.


¿QUÉ PORCENTAJE SE PUEDE DEDUCIR EN LA RENTA?


El 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos “enchufables” y de pila de combustible.


Deducción IRPF compra coche eléctrico: 15% (*1)


Deducción IRPF compra coche híbrido: 15% (*1)


(*1) Cantidad deducible máxima de 3.000€

 

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¿CUÁL ES LA DEDUCCIÓN MÁXIMA EN LA RENTA?


La base máxima de la deducción será de 20.000€ por lo que la cantidad deducible no podrá ser superior a 3.000€. La base sobre la que se aplica la deducción incluye el valor de compra del coche, los gastos de matriculación y los impuestos. Esta bonificación del IRPF es compatible con las ayudas del Plan MOVES. En ese caso, la base de deducción será el coste total del vehículo menos la cuantía solicitada con las ayudas del Plan MOVES (según los importes descritos en el apartado anterior). Esta ayuda puede ser solicitada por la compra de cualquier vehículo híbrido o 100% eléctrico cuyo coste de adquisición no supere los 45.000€ + IVA.

 

Ejemplo 1. Si decide comprar un Tesla Model Y valorado en 45.000€ (37.190€ + IVA) y le conceden 4.500€ del Plan MOVES, su base máxima para la deducción sería de 20.000€ y podría obtener una deducción de hasta 3.000€ en la declaración de la renta.

 

Ejemplo 2. Si decide comprar un MG4 eléctrico valorado en 30.000€ (24.793€ + IVA) y le conceden 7.000€ del Plan MOVES (en caso de achatarrar un vehículo), su base máxima para la deducción sería de 20.000€ y podría obtener una deducción de hasta 3.000€ en la declaración de la renta.

 

Ejemplo 3. Si decide comprar un Dacia Spring eléctrico valorado en 20.000€ (16.528€ + IVA) y le conceden 4.500€ del Plan MOVES (en caso de achatarrar un vehículo), su base máxima para la deducción sería de 15.500€ y podría obtener una deducción de hasta 2.325€ en la declaración de la renta.

 

¿QUÉ CASILLA TENGO QUE UTILIZAR PARA LA DEDUCCIÓN?


Para incorporar en la declaración de la renta las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos se debe buscar en el apartado de las “Deducciones generales” > “Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga”.


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Dentro de este apartado se podrán cumplimentar las dos deducciones existentes: “Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible” y “Deducción por la instalación de puntos de recarga”.


La deducción en la declaración de la renta por comprar un coche eléctrico se realiza desde la siguiente pantalla.


declaracion renta puntos de recarga

Pulsando sobre las casillas señaladas se abrirá la siguiente ventana.


bonificacion fiscal coches electricos

Donde se cumplimentarán los datos necesarios para el cálculo de la deducción:


Datos del vehículo:


  • En “Categoría” se seleccionará la que corresponda dentro del desplegable:


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  • En “Tipo”, se seleccionará el vehículo entre los que figuran en el desplegable:


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  • NIF/NIE de la persona/entidad vendedora.

  • Precio de venta del vehículo: no se incluye ni el IVA/IGIC ni otros gastos asociados a la compra.

  • Importe de los gastos y tributos: incluye IVA o IGIC, Impuesto de matriculación, etc.

  • Cantidades subvencionadas o que fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas: se incluyen las cantidades solicitadas, aunque aún no se hayan percibido.


Con relación a la forma de adquisición será necesario cumplimentar uno de los siguientes apartados:


  • Si la adquisición se ha hecho en 2023: se indicará la matrícula del vehículo y la fecha de matriculación

  • Si la adquisición se realiza mediante la entrega de una cantidad a cuenta se consignará el importe de dicha cantidad y la fecha del pago.


Ejemplo de cumplimentación en el supuesto de que se adquiera el vehículo mediante la entrega de una cantidad a cuenta:



Ayudas renta coche electrico

Como en este caso la cantidad de 3.750 € es al menos del 25% del valor de adquisición del vehículo (precio de venta sin gastos ni tributos), al pulsar “Aceptar” se visualizará el importe de la deducción calculada sobre el precio de venta más los gastos: (15.000 + 3.500) x 15% = 2.775 €.


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¿QUÉ OTROS REQUISITOS APLICAN A ESTA AYUDA?


Se debe contar con el correspondiente contrato de compraventa pudiendo aplicar la deducción sólo el contribuyente que figure en el contrato. Si un vehículo se adquiere por más de una persona, la base máxima se prorrateará entre los adquirentes.


La deducción no será aplicable a vehículos afectos al desarrollo de actividades económicas. Por lo tanto, si el vehículo se destina al desarrollo de una actividad no podrá dar derecho a la deducción, con independencia de que esta actividad se desarrolle por el adquirente (o por uno de los adquirentes cuando haya más de uno) o por un tercero.


El vehículo debe estar matriculados por primera vez en España antes de 31 de diciembre de 2024 en el caso de adquisición o antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta.


El precio de venta del vehículo adquirido no podrá superar 45.000 € + IVA. El límite máximo de compra se incrementa hasta 53.000 € + IVA para vehículos eléctricos de 8 plazas.


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AYUDAS PARA COCHES ELÉCTRICOS DE SEGUNDA MANO


La deducción del 15% en la declaración de la renta no aplica sobre los vehículos eléctricos de segunda mano. Para poder beneficiarse de esta bonificación el vehículo debe de haber sido matriculado por primera vez en España a nombre del contribuyente antes del 31 de diciembre de 2024.


Las ayudas del Plan MOVES III sí que aplican a vehículos eléctricos de segunda mano con fecha de matriculación posterior al 9 de abril de 2021 y cumplan con ciertas características.


Esperamos que la guía sobre la Renta 2023: deducción para coches eléctricos te haya ayudado.


¿HAY QUE TRIBUTAR LAS AYUDAS DEL PLAN MOVES EN LA RENTA?


La respuesta es sí, la subvención del Plan MOVES se clasifica como ganancia patrimonial, y por tanto está sujeta a impuestos. Esto aplica tanto a las ayudas por la compra de vehículos como a la instalación de puntos de recarga. Hemos preparado una guía con los pasos para declarar la ayuda del Plan MOVES en la declaración de la renta.


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