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La UE pretende instalar cargadores rápidos cada 60 km


UE cargadores rápidos 60 km

Tras ser adoptado el pasado martes 25 de julio el Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos, en los próximos años se instalarán más estaciones de recarga y repostaje de combustibles alternativos en toda Europa, lo que permitirá al sector del transporte reducir considerablemente su huella de carbono. En concreto, la UE obligará a tener cargadores rápidos cada 60 km.


El nuevo Reglamento es un hito del paquete de medidas «Objetivo 55», que prevé una mayor capacidad pública de recarga en las calles, las ciudades y las autopistas de toda Europa. El propósito de la nueva norma es asegurar que los ciudadanos pueden cargar sus coches eléctricos con la misma facilidad con la que repostan ahora en las gasolineras tradicionales.


Principales objetivos de implantación para 2025 y 2030


El nuevo reglamento establece objetivos específicos de implantación de puntos de recarga que deberán cumplirse en 2025 o 2030, en particular:


  • A partir de 2025, deben instalarse estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km en los principales corredores de transporte de la UE, la denominada «red transeuropea de transporte (RTE-T)»;


  • Las estaciones de recarga para vehículos pesados con una potencia disponible mínima de 350 kW deben implantarse cada 60 km en la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T más amplia a partir de 2025, y la red tendrá que tener una cobertura completa para 2030;


  • Los usuarios de vehículos eléctricos deben poder pagar fácilmente en los puntos de recarga o repostaje con tarjetas de pago o dispositivos sin contacto sin necesidad de suscripción, y los precios deben ser totalmente transparentes;


  • Los operadores de los puntos de recarga o repostaje deben proporcionar a los consumidores información completa a través de medios electrónicos sobre la disponibilidad, el tiempo de espera o el precio en diferentes estaciones.


Tras haber sido adoptado formalmente el pasado martes 25 de julio por el Consejo, el nuevo Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea después del verano y entrará en vigor a los 20 días de su publicación. Las nuevas disposiciones se aplicarán a partir de los 6 meses de la entrada en vigor del Reglamento.


El Reglamento sobre la Infraestructura para los Combustibles Alternativos forma parte del paquete de medidas «Objetivo 55». Este paquete, presentado por la Comisión Europea tiene por objeto permitir a la UE reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030, en comparación con los valores de 1990, y lograr la neutralidad climática en 2050.


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